El pasado 30 de marzo de 2011, el Alcalde de Gelida ha remitido un escrito a los vecinos del primer polígono de Martivell, informándoles de la sentencia del Juzgado contencioso administrativo núm. 10 de Barcelona de fecha 10 de marzo de 2011, que desestima el recurso de la sociedad mercantil COAFI, S.L., contra el Ayuntamiento de Gelida y subsidiariamente contra los vecinos de Martivell, por discrepar con la valoración de los terrenos destinados a equipamiento en el Proyecto de Reparcelación, que los técnicos municipales fijaban en 174.570 €, y en contra la sociedad mercantil pretendía lucrarse con 4.107.480 €, cuyo coste de compra en su día fue tan solo de 4.600 €.
El Alcalde felicita a todo el vecindario por la buena noticia y manifestando su satisfacción reafirma su compromiso de defender los intereses de los vecinos, desde la más estricta legalidad.
Si embargo el alcalde NO HA INFORMADO que COAFI, S.L. ya ha presentado recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria, y a saber cómo responderá la Justicia.
Porque los vecinos del tercer polígono de Martivell no comparten las mismas felicitaciones, dado que no tuvieron la misma "suerte" con la sentencia del Juzgado contencioso administrativo núm.1 de Barcelona de fecha 3 de junio de 2010, que en idéntico procedimiento, pero con cantidades diferentes, ha resuelto estimar parcialmente la demanda de COAF, S.L., que pretendía recibir 677.860 € y "solo" ha de conformarse con 448.458 €, habiendo sido valorado el respectivo terreno de Reparcelación por los técnicos municipales en 48.750 €. Los vecinos del tercer polígono de Martivell ya están pagando, porque a nadie se le ocurrió recurrir esa sentencia, ni el Ayuntamiento como demandado, ni a la Asociación de vecinos como conjunto de afectados. Debieron velar por defender los intereses de los parcelistas, que al parecer no estaban suficientemente unidos.
Estas son las consecuencias de la falta de participación popular en las decisiones municipales. Hay que estar donde se "trajinan" los intereses del pueblo, de lo contrario habrá que aceptar el dicho "Cuando las barbas de tu vecino veas afeitar, pon las tuyas a remojar".
Porque en los proyectos de ordenación urbana de los ayuntamientos se exige conseguir terrenos para equipamientos, siempre a costa del vecindario claro. Estas exigencias pueden estar razonablemente justificadas, por falta de terrenos municipales propios, y en previsión del aumento de la demografía, que requerirá luego los servicios adecuados. En otros casos la lógica necesidad no se aprecia
En el caso de Martivell, el Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM) impone, a los parcelistas, la compra de unos terrenos, de 7.500 y 25.300 metros cuadrados, propiedad de la sociedad mercantil COAFI, S.L., la cual pretendía lucrarse con la suma de 677.860 € más 4.107.480 €, cantidades en que valoraban los terrenos antes citados.
Cabe preguntarse si esos terrenos en teoría destinados a equipamientos, sin determinar ¿para qué servicios tendrían utilidad? Si están situados fuera de las lindes de la urbanización ¿serán de aprovechamiento para los parcelistas? ¿Acaso para el pueblo?, si están a 3,5 km del casco urbano. Además su orografía accidentada dificulta cualquier edificación suficientemente aprovechable.
Y si es en previsión del crecimiento demográfico del municipio, a 15 años desde el 2005, fecha de la aprobación inicial del POUM, actualmente la estimación del aumento de población es totalmente errónea. Además si es por interés general, ¿por qué han de sufragarlo exclusivamente los habitantes de Martivell?
Consecuentemente el compromiso del Alcalde en defender los intereses de los vecinos de las urbanizaciones, tiene que pasar de las palabras a los hechos, y dentro de la estricta legalidad, modificar el POUM anulando la necesidad de esas zonas de equipamientos.
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